Cuestiones más frequentes de secretaría

¿Qué tengo que hacer para convalidar asignaturas?

Poner un enlace a un documento de drive con lo que figura en la página web o traer aquí la información. 

Las posibles convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de música y las enseñanzas de educación secundaria se ajustarán a lo que a este respecto determine el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para todo el Estado y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

El Departamento de Educación facilitará al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas profesionales de música y la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato, adoptando las oportunas medidas de organización y de ordenación académica para establecer las convalidaciones pertinentes y la creación de centros integrados. 

Normativa estatal:
· Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero. BOE nº 51, 28 

 

Normativa en Navarra:
· Orden foral 123/2009, de 1 de julio, BON nº 103, 21 de agosto de 2009

 

 

Tramitación y solicitudes:

La solicitud de convalidación al Ministerio de Educación, se realiza a través de Sede Electrónica del Ministerio, por tanto es necesario  tener certificado electrónico, Clave Pin, Clave permanente, etc... o bien ser usuario de Sede Electrónica o darse de alta. 

Convalidación de asignaturas de los vigentes planes de estudios de enseñanzas profesionales de Música en el Ministerio de Educación


  Convalidación en la secretaría del centro:

· Impreso de solicitud de convalidacion con asignaturas de Bachiller.

 

¿Qué pasa si me voy a estudiar fuera una temporada?

Cuando llegue el periodo ordinario de matrícula deberá hacerlo con normalidad y luego pueden darse diferentes supuestos:

- si la estancia fuera de la Comunidad va a ser para todo el curso escolar, deberá solicitar RENUNCIA DE MATRÍCULA tal y cómo se indica en el apartado anterior; en este caso no hay devolución del importe abonado porque el Conservatorio le reserva la plaza y así está establecido normativamente. 

- si la estancia fuera por un periodo más corto, los apartados 6 y 7 del art. 17 del Reglamento de Convivencia del Centro establece lo siguiente: 

6. Los alumnos que participen en programas de estancias en el extranjero por estudios, tanto del  Departamento de Educación como amparados por otras instituciones o asociaciones públicas o privadas, serán evaluados de manera ordinaria al incorporarse a las clases, cuando dicha estancia no supere un cuatrimestre. Se procederá de igual manera cuando la estancia sea por motivos de trabajo. En todos los casos deberá ser debidamente justificado. 

7. Si de manera muy excepcional y previa autorización desde Jefatura de Estudios, el profesor/a de una asignatura o especialidad, valorase con una o dos evaluaciones trimestrales, que un alumno/a ha cumplido con los objetivos y contenidos del curso antes de irse a estudiar/trabajar al extranjero, se le podría convocar un examen con tribunal -a petición del profesor/a de la asignatura o especialidad- que avalase su trabajo, a fin de guardar la calificación para la evaluación ordinaria de junio. De este modo no perdería la evaluación continua.